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SE VUELVEN A AUTORIZAR LAS QUEMAS AGRICOLAS

Jueves, Febrero 1, 2018 – 11:30
SE VUELVEN A AUTORIZAR LAS QUEMAS AGRICOLAS
La Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural ha resuelto levantar la prohibición de quemas en terrenos forestales o a una distancia máxima de 500 metros, establecida el pasado 6 de enero.

 

En una resolución publicada este miércoles en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOGV), se deja sin efecto la resolución de 5 de enero de 2018, de la directora general de Prevención de Incendios Forestales, sobre modificación del período de quemas para enero 2018, y se establecen cuatro condiciones.

 

En este sentido, solo se podrán realizar las quemas cuando el nivel de preemergencia por riesgo de incendios forestales sea 1. Esta limitación es de aplicación general, tanto a aquellos municipios que dispongan de un plan local de quemas aprobado, como para aquellos que no dispongan.

 

De igual modo, las quemas deberán practicarse entre el orto y las 13:30 horas, conforme Resolución de 10 de marzo de 2014, de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Emergencias, sobre reducción de los horarios aptos para la realización de quemas (DOG núm. 7.242, de 27 de marzo de 2014), momento en el cual el fuego debe estar totalmente extinguido.

 

Además, está prohibida la ejecución de quemas en el periodo comprendido entre el Jueves Santo y el lunes inmediatamente después del Lunes de Pascua, conocido como Lunes de San Vicente, conforme lo dispuesto en la Orden de 2 de marzo de 2005, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, por la que se regulan medidas extraordinarias para la prevención de incendios forestales durante el periodo de Semana Santa y Pascua (DOG núm. 4959, de 4 de marzo de 2005).

 

El resto de condiciones para la realización de las quemas se mantienen según lo establecido tanto en la normativa vigente como en los planes locales de quemas.