Alegaciones presentadas por la Asociación Cultural Amigos de Venta del Moro a la modificación de la Cañada Real de La Mancha a su paso por Venta del Moro


CONSELLERIA DE TERRITORIO Y VIVIENDA

DIRECCIÓN TERRITORIAL DE VALÈNCIA

Alegaciones Asunto Vías Pecuarias Cañada Real de La Mancha (DOGV n. 4.988 de 19 de abril de 2005).

Edifici Prop – Gregori Gea, 27

46009 València

 

Asociación Cultural Amigos                                                   

de Venta del Moro

Plaza Dr. Fleming

46010 Venta del Moro

 (Nº Nacional 145121. NIF G96400932)

Venta del Moro, 12 de mayo de 2005

Leído el anuncio insertado por la Conselleria de Territorio y Vivienda en el DOGV n. 4.988 de 19 de abril de 2005 por el cual se exponía a la información pública el expediente de modificación de un tramo de vía pecuaria de la Cañada Real de La Mancha o San Juan a su paso por Venta el Moro a instancias de Alba Mondragón Valero como administradora única de la empresa Actividades Rurales SL, por la presente, esta Asociación Cultural Amigos de Venta del Moro comparece ante esta Conselleria de Territorio y Vivienda y MANIFIESTA lo siguiente:

-         Que en el término municipal de Venta del Moro, la Conselleria de Territorio y Vivienda está procediendo a una propuesta de deslinde de las vías pecuarias del corredor del Valle del Cabriel-Albufera de Valencia en la Cañada Real de la Mancha o de San Juan, en su tramo II correspondiente al término municipal de Venta del Moro (subtramo II).

-         Que la Asociación arriba mencionada ha consultado el expediente de modificación de la Cañada Real de la Mancha a su paso por la propiedad de Actividades Rurales SL.

-         Que la citada propuesta de modificación es de un carácter extraordinario y de gran envergadura, ya que afecta a un recorrido aproximado de 2 km. y un área de más de 13 hectáreas.

-         Que una propuesta parecida de modificación de la Cañada Real no se produce en ninguno del elevado número de afectados propietarios de Venta del Moro, a pesar del carácter agrícola de sus terrenos y de que en su mayoría son agricultores de profesión. Siendo esto causa de un gran agravio comparativo en relación con todo el resto de afectados.

-         Que la citada propuesta de modificación parece corresponder a la Alegación nº 1 (pág. 6) presentada en su día por D. Héctor Tomás López, con DNI 33.413.268-H en representación de la empresa Actividades Rurales SL donde dice literalmente: “Que entre las estaquillas I-9, D-9 y las I-24, D24 tiene solicitada formalmente a la Conselleria de Territori i Vivenda la modificación del trazado de la Vía Pecuaria al objeto de proceder al vallado cinegético de la finca denominada El Purgatorio”.

-         Que la citada finca de Actividades Rurales SL está situada en la finca del Purgatorio, enclavada por tanto, en el ámbito de las Hoces del Cabriel, y por tanto es zona LIC (Lugar de Interés Comunitario), pertenece a la red Natura 2000, es zona ZEPA (Zona de Especial Protección de Aves) y forma parte del PORN (Plan de Ordenación de Recursos Naturales) de las Hoces del Cabriel.

-         Que la citada modificación de la Cañada Real tiene como único motivo el interés particular del propietario, sin que redunde en ningún tipo de beneficio ni para su Conselleria, ni para el ecosistema, ni para las futuras funciones y posibilidades que podían tener las vías pecuarias.

-         Que la citada modificación de la Cañada Real de La Mancha no tiene ningún tipo de contraprestación medioambiental y/o social de interés y contribuye a crear un coto en las Hoces del Cabriel, cuando hace unos dos años era aún un terreno donde no se podía apreciar ningún tipo de cercamiento..

-         Que la citada modificación de la Cañada Real tiene como único motivo el vallado cinegético de la Finca del Purgatorio, lo que es contraproducente con todas las figuras de protección anteriormente aludidas y produce serios perjuicios para la movilidad de la fauna.

-         Que el citado vallado cinegético se produce dentro de un lugar de hábitat de la cabra montés y, por tanto, contraviniendo la Resolución de 29 de marzo de 1.993 de la Direcció General de Conservació del Medi Natural de la Generalitat Valenciana que prohibe taxativamente el vallado en zona de hábitat de la cabra montés.

-         Que la citada finca de Actividades Rurales está generando innumerables perjuicios en el ámbito de las Hoces del Cabriel con la aquiescencia y permiso de esta Conselleria de Territori i Habitatge y con la generosidad económica de las instituciones públicas valencianas. Entre los desmanes efectuados desde el año 2003 se citan los siguientes:

      1.  Instalación durante el pasado año de línea eléctrica en las cercanías de la Hoz del Purgatorio realizada por la empresa Viveros Rurales con una subvención la Diputación Provincial de Valencia de 121.040 euros por medio del Plan Valenciano de Electrificación Rural (PLAVER), a pesar de que la instalación eléctrica se ha realizado en una zona de difícil equilibrio ecológico y de que la citada instalación subvencionada no beneficia a ninguna aldea o caserío importante. La instalación, además, se ha realizado sin respetar la propia normativa de la subvención y se realizó en periodo de nidificación y con infraestructura aérea, tal como las asociaciones nuestras documentaron fotográficamente ante la ex-Directora General de Planificación y Ordenación Territorial, Cristina Santamarina.

2. Concesión de captación de aguas superficiales en la Hoz del Purgatorio del Río Cabriel (término de Venta del Moro) a la empresa Viveros Rurales, a pesar de ser una zona de hábitat de la nutria y que durante una media de 9 meses al año el río pasa con una caudal muy menguado, lo que resulta casi inconcebible. Esta concesión ha sido la única realizada en aguas superficiales del Cabriel desde hace 15 años según informe del Ministerio de Medio Ambiente.

3. Ubicación de las vallas en la propia calzada del camino público de La Fonseca a Vadocañas sin respetar las Ordenanzas Municipales de Caminos de Venta del Moro aprobadas el 29 de noviembre del año 2.000 que exige una distancia mínima de 6 metros desde la calzada del camino.

4. Ubicación de puertas en el camino público de La Fonseca a Vadocañas sin respetar las Ordenanzas Municipales de Caminos de Venta del Moro aprobadas el 29 de noviembre del año 2.000.

5. Realización de vallado intensivo sin dejar las salidas naturales de la fauna marcadas por ley.

6. Corte del camino público de la Hoz del Purgatorio que finaliza en el propio río Cabriel.

-         Que de aceptarse la citada propuesta de modificación de cañada real, nuevamente la finca Actividades Rurales SL sería beneficiada por las arbitrarias decisiones de esta Conselleria de Territorio y Vivivienda respondiendo a intereses privados y contrarios al del Desarrollo Sostenible y muy perjudiciales para el área de las Hoces del Cabriel.

-         Que la Conselleria de Territorio y Vivienda debería pronunciarse sobre cuáles son los motivos que le llevarían a la aceptación de modificación de la Cañada Real de La Mancha a su paso por la Finca del Purgatorio.

-         Que según la Ley 3/1995 de 23 de marzo de Vías Pecuarias en su artículo 2: “Las vías pecuarias son bienes de dominio público de las Comunidades Autónomas y, en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e inembargables”.

-         Que ante todo lo expuesto anteriormente, esta ASOCIACIÓN CULTURAL AMIGOS DE VENTA DEL MORO ALEGA:

-         Se impida totalmente cualquier tipo de modificación de la Cañada Real de La Mancha a su paso por la propiedad de Actividades Rurales SL por las razones antes aludidas:

·        Responder la modificación únicamente a meros intereses privados y especulativos.

·        No tener ninguna contrapartida económica o social de interés.

·        Ser gravemente perjudicial para el ecosistema.

·        Ser contraproducente con las futuras posibilidades que tienen las vías pecuarias para el senderismo, transhumancia, conservacionismo medioambiental, etc.

·        Favorecer los propósitos de su propietario de realizar un nuevo coto en las mismas Hoces del Cabriel.

·        Contravenir las normas y espíritu de la Orden de 26 de enero de 2005, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, por la que se inicia el procedimiento de declaración del Parque Natural de las Hoces del Cabriel (DOGV n. 4.941 de 8 de febrero de 2005) y el Decreto 24/2005, de 4 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de las Hoces del Cabriel (DOGV n. 4.941 de 8 de febrero de 2005).

·        Constituir un verdadero agravio comparativo con el resto de propietarios afectados de Venta del Moro, a pesar de que en muchos casos pasa por tierras cultivadas desde hace generaciones.

·        Agravar el problema de sostenibilidad medioambiental que se desarrolla en las Hoces desde hace dos años con la constitución de la propiedad por parte de Actividades Rurales SL.

-         Se acabe todo trato de favor de la Conselleria de Territori i Habitatge con la empresa Actividades Rurales SL. Una foto aérea entre la situación en el año 2001 y el año actual demostraría el grave perjuicio que sobre las Hoces ha producido la política de “Desarrollo Insostenible” del Conseller de Territorio y Vivienda. Las vallas, puertas, desmontes abusivos y cortes de caminos públicos han proliferado en una zona que hasta el momento estaba muy poco antropizada debido a su difícil acceso.

-    Se den órdenes para acabar con todo el vallado que ha efectuado la finca Actividades Rurales SL en el año 2003 y 2004 en la zona de las Hoces del Cabriel por contravenir la Resolución de 29 de marzo de 1.993 de la Direcció General de Conservació del Medi Natural de la Generalitat Valenciana que prohibe taxativamente el vallado en zona de hábitat de la cabra montés, así como por atentar contra las figuras de protección de la zona (LIC, ZEPA yPORN).

-         Se derogue la captación de aguas superficiales del Cabriel concedida a la empresa Actividades Rurales SL en una zona de aguas escasas durante ¾ partes del año y en zona de hábitat del blenio de río y de la nutria.

-         Se acabe con las infraestructuras eléctricas aéreas instaladas por la empresa Actividades Rurales SL en zona ZEPA.

-         Se reabra el camino que conectaba la Cañada Real de La Mancha con el río en la Hoz del Purgatorio, por ser una vía de utilización antigua del ganado.

Todo ello sin perjuicio de las actuaciones que puedan emprender las citadas Asociaciones ante instituciones de la Comunidad Europea, instituciones estatales, organismos de defensa del ciudadano y órganos judiciales.

ASOCIACIÓN CULTURAL AMIGOS DE VENTA DEL MORO (Nº Nacional 145121. NIF G96400932)

 

Begoña Ruiz Blasco                                       

Presidenta ACAVM

                                      

Rosa Murcia Navarro                                    

Secretaria ACAVM