CONSELLERIA DE TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y ORDENACIÓN TERRITORIAL

JUNTA PARQUE NATURAL HOCES DEL CABRIEL

A/A JUAN ORS MARTÍNEZ

JEFE DE SERVICIO DE ORDENACIÓN SOSTENIBLE DEL MEDIO

C/ Francisco Cubells, 7

46001 Valencia

 

Distinguido Sr.:

Por la presente, yo, XXXXXXXXXXX, DNI XXXXXXX, en calidad de miembro de la Junta del Parque Natural de las Hoces del Cabriel en representación de la ASOCIACIÓN CULTURAL AMIGOS DE VENTA DEL MORO y del CENTRO DE ESTUDIOS REQUENENSES deseo aportar las argumentaciones y documentación que se relaciona para ayudar en el proceso de catalogación de todos los bienes públicos insertos dentro del área que engloba el PARQUE NATURAL DE LAS HOCES DEL CABRIEL.

Antecedentes:

  1. En la reunión de constitución de la Junta del Parque Natural Hoces del Cabriel se informó que los técnicos de la Conselleria de Territorio y Medio Ambiente estaban elaborando todo el catálogo de bienes públicos insertos dentro del área declarada dentro del Parque Natural.
  1. En la actualidad, una buena parte de los caminos públicos y vecinales que de antiguo han formado parte del entramado caminero de las aldeas ribereñas del Cabriel en el término de Venta del Moro han sido usurpados por alguna finca privada en un proceso iniciado en la década de los 80 y que ha continuado con las acciones de seguir cortando caminos públicos en el propio año 2005.
  1. Los caminos públicos tiene la consideración de “bienes de dominio público” y, por tanto, gozan de las características de:

-         Inalienabilidad.

-         Inembargabilidad.

-         Imprescriptibilidad., por la que los bienes de dominio público no se les aplica la prescripción posesoria, ni la usucapión.

 

Además, la Administración Pública a la que Uds. representan  tienen las facultades de:

-         Deslindar los bienes públicos.

-         La recuperación de oficio de los bienes públicos.

-         El privilegio de publicidad posesoria que implica que el título del bien demanial no necesita utilizar el sistema de garantías inherentes al Registro de la Propiedad.

  1. El representante de la finca Hispano-Chilena (El Tochar) en la reunión antes aludida llegó a decir que los caminos no existían antes de la instalación de esta finca privada en nuestro término. Con la documentación que se adjunta se demuestra palpablemente que la preexistencia de los caminos es muy anterior a la instalación de la finca aludida.
  1. Con toda la documentación adjunta se demuestra que:

-         Los caminos que se aluden se remontan en algunos casos al menos al s. XVIII y en todos los casos al s. XIX.

-         Han sido siempre caminos públicos (de dominio y uso), utilizado por la anterior poblada colonia ribereña, tanto por las aldeas de la parte valenciana como de la parte conquense y albacetense.

-         Los caminos conectan siempre aldeas venturreñas y casas de labor y comunican la ribera del río con la capital municipal, como se desprenden de sus propios nombres (Camino de Vadocañas a Los Cárceles, Camino del Retorno, Camino de Venta del Moro a Vadocañas, Camino de Casas de Moya a Los Cárceles; Camino de Venta del Moro a Los Cárceles, etc.), sin que ni el dominio o uso de los caminos fuera privado de ninguna de las fincas existentes en su momento. La imposibilidad de que los caminos pertenecieran a fincas privadas se desprende:

A.     De la propia antigüedad de los caminos que puede demostrarse en la documentación cartográfica que se alude y adjunta con este escrito.

B.     De los documentos catastrales que se adjuntan.

C.     De su propio nombre que indica como conectan los diferentes núcleos de población del término.

D.     De su propio trazado que excede completamente los dominios de las anteriores fincas privadas que existían en el término y que se han ido acumulando en muy pocas manos. En muchos casos hablamos de caminos de más de 20 km.

E.      La utilización tradicional de los caminos sin ningún tipo de restricción por habitantes de las aldeas del Cabriel, ganaderos, pescadores, cazadores, servicios municipales, guardia civil y un amplio etc.

F.      La inexistencia anterior de cualquier tipo de restricción al paso, ni de dominio público del camino.

 

  1. A la hora de la catalogación y accesibilidad de los bienes de dominio y uso público dentro del área del Parque Natural de las Hoces del Cabriel se debe incluir toda el terreno e infraestructura de la inconclusa Vía Férrea del Utiel-Baeza, así como el dominio público hidráulico, su servidumbre y los usos que están permitidos legalmente en el dominio público hidráulico. Actualmente, casi todo el dominio público hidráulico e infraestructura del Utiel-Baeza se encuentra inaccesible por el vallado intensivo y corte de los caminos públicos.

Documentación que se adjunta:

  1. Copia de Mapa de 1.798 cuyo original se encuentra en el Archivo Histórico Nacional, sección Consejos, legajo 5.300, nº 5 dentro del Expediente de solicitud de segregación municipal de Venta del Moro, Caudete de las Fuentes y Fuenterrobles. En la copia de este Mapa ya aparecen claramente varios caminos como los siguientes:

-         El marcado con el nº 59 con el lema “Camino a la puente de Badocañas” que se dirige de Venta del Moro al Puente de Vadocañas por la Casilla del Cura y la Fuente la Oliva (el inicio del camino y hasta Tamayo actualmente cortado).

-         El marcado con el número 41 con el lema “Camino que pasa de Requena a la dicha puente de Badocañas” que se dirige desde Requena por Las Monjas y por debajo de las Casas de Moya a Vadocañas (el inicio del camino y hasta Tamayo actualmente cortado).

-         Marcado con el nº 34 con el lema “Casas de Moya y camino que va al Puente de Badocañas” que se junta con el camino que se dirige de Requena a Vadocañas.

-         Marcado con el nº 49 con el lema “Puente de Tamayo” camino que se dirige de Casas de Moya a Tamayo.

-         Marcado con el nº 52 “Puente del Retorno” con dos caminos que se dirigen desde Venta del Moro al Retorno pasando entre la Hoya de la Carrasca y Cabeza Ludén.

-         Del número 45 al 54 se encuentran los caseríos-aldeas aún existentes de Los Cárceles, Cañada Palomarejo, Casas de Tamayo, Ermita y Caserío de Santa Bárbara, Casa de la Labor de la Mata, Casa de El Retorno y Casa de Los Perales.

  1. En las actuales dependencias del Ayuntamiento de Venta del Moro en el segundo piso se encuentra un mapa de la Dirección General del Instituto Geográfico y Estadístico con el nombre “Ayuntamiento de Venta del Moro”, escala 1:25.000, año 1904 y firmado por Luis Cubillo donde se representan todos los caminos públicos de la época y aparece nítidamente el camino que se dirige desde Vadocañas a Tamayo por toda la orilla del río perteneciente a Venta del Moro y que conecta a todas las aldeas y caseríos ribereños. Además de este camino, se encuentran representados también claramente el de La Fonseca a Vadocañas, el de la Hoya de Valeriano (cortado desde el año 2005) que conecta el camino de Vadocañas a Los Cárceles y otros. El mapa refleja además toda la hitación de términos realizada durante el año 1904.
  1. Se adjuntan fotocopias del Catastro de 1923 perteneciente al término municipal de Venta del Moro y extraídas de la Oficina de Asuntos Agrarios del Ayuntamiento de Venta del Moro, pertenecientes al los polígonos nº 227, 228, 229, 230, 235, 236, 237, 238, 239, 240, 241, 242, 243, 244, 246 y 247, pertenecientes todos a ellos a terrenos cercanos al Río Cabriel y englobados en el área de máxima protección del Parque Natural. En estos planos se pude advertir perfectamente los siguientes caminos públicos:

A)    Trazado del camino denominado “Camino de Vadocañas a los Cárceles”, cortado por la finca Hispano-Chilena en su totalidad y que como puede verse en el plano del polígono 237 llegaba a conectarse con el camino del Retorno. Por tanto, este es el camino público que bordea todo el río y que ha conectado desde antiguo las aldeas ribereñas de Vadocañas, Los Cárceles, Santa Bárbara y el Retorno y todas las casas de labor de la zona (Casa del Zorro, Casa de Poco Pan, Casas de la Huerta del Salgar, Casas de Palomarejo, etc.). Es el mismo camino que aparece en el Mapa anteriormente aludido de 1904. Como el propio nombre del camino indica no era un camino privado y atravesaba todos las aldeas y casas del término, sin que perteneciera a ninguna finca privada. En el proceso de compra de tierras de la finca anteriormente aludida ha ido paulatinamente cortando estos caminos ribereños que en la otra orilla permanecen intactos.

B)     Trazado del camino denominado “Camino de Casas de Moya a Los Cárceles” y cuyo inicio se puede comprobar en la fotocopia del polígono n. 227.

C)    Trazado del camino denominado “Camino de Venta del Moro a Los Cárceles” y cuyo inicio se puede comprobar en la fotocopia del polígono n. 228.

D)    Trazado del camino denominado “Camino de la Hoya de Valeriano” , que está sufriendo restricciones de paso desde 2005 por la Finca Hispano-Chilena en cuyo inicios se han colocado placas de “Prohibido el Paso”. Este camino está presente en las fotocopias del polígono 229, 230 y 235 y conecta la Pista de Vadocañas a Venta del Moro con la Pista de Los Cárceles a Venta del Moro.

E)     Trazado del camino denominado “Camino del Retorno” que bordea toda la orilla ribereña del Cabriel en su parte valenciana de Vadocañas a El Retorno y         que se haya totalmente cortado en la actualidad. Este camino ya se puede advertir en la fotocopia del Polígono n. 237 y en el Mapa de 1904 en su plena integridad, así como en los mapas actuales del Instituto Geográfico Nacional, escala 1:25.000 719-I (Venta del Moro) y 719-III (tamayo).

F)     Trazado del camino denominado “Camino de la Fonseca a Vado-Cañas” que puede comprobarse en las fotocopias del polígono n. 239, 240, 241 y 242.

G)    Trazado del camino denominado “Camino de Venta del Moro a La Fonseca que puede comprobarse en las fotocopias de los polígonos n. 243, 244, 246 y 247. En estas fotocopias se observa perfectamente como el camino llegaba hasta el mismo Puente de Hierro (hoy vedado el paso y con la aldea de La Fonseca totalmente cerrada entre vallas) y como otro ramal llegaba al río.

H)    Otros caminos públicos como el de la Hoya de la Contienda o el de Cuevas Morenas a Casas Ibáñez o Tamayo a Venta del Moro también están presentes en fotocopias de este Catastro que está a disposición pública.

I)       Todos estos caminos exceden los dominios de las antiguas y pocas fincas privadas que había en el Cabriel y conectaban los numerosos núcleos de población del Cabriel, sin que su dominio o uso fueran privados y sin que nunca se restringiera el paso de personas y vehículos.

La imposibilidad de que los caminos pertenecieran a fincas privadas se desprende:

1.      De la propia antigüedad de los caminos que puede demostrarse en la documentación cartográfica que se alude y adjunta con este escrito.

2.      De los documentos catastrales que se adjuntan.

3.      De su propio nombre que indica como conectan los diferentes núcleos de población del término.

4.      De su propio trazado que excede completamente los dominios de las anteriores fincas privadas que existían en el término y que se han ido acumulando en muy pocas manos. En muchos casos hablamos de caminos de más de 20 km.

5.      La utilización tradicional de los caminos sin ningún tipo de restricción por habitantes de las aldeas del Cabriel, ganaderos, pescadores, cazadores, servicios municipales, guardia civil y un amplio etc.

6.      La inexistencia anterior de cualquier tipo de restricción al paso, ni de dominio público del camino.

7.      Ha sido criterio de la administración local y opinión extendida que los caminos representados en el Catastro de 1923 son de dominio y uso público

  1. Los caminos anteriormente aludidos conectaban aldeas venturreñas ribereñas que gozaban de sus propias alcaldías pedáneas. Se adjunta Censo de Población de aldeas ribereñas cuyos caminos públicos se han cortado:

Censo de 1950 de Venta del Moro en aldeas del Cabriel:

- Los Cárceles: 102 habitantes.

- El Retorno: 56 habitantes.

- La Fuenseca: 27 habitantes.

- Santa Bárbara: 71.

Caseríos del Cabriel y aledaños habitados en el censo de 1950: Cuevas Morenas (1 familia), Cabeza Ludén (3 familias), Casa del Pino (2 familias), Huerta Nuevas (4 familias), El Tete (3 familias), Caserío de Vadocañas (1 familia), Cañada Tachosa (2 familias),  etc.

En el Censo de 1975 se siguen censando en aldeas del Cabriel:

-         Los Cárceles: 12 habitantes.

-         El Retorno: 31 habitantes.

Fuente: Geografía e Historia de Venta del Moro / Feliciano Antonio Yeves Descalzo. Venta del Moro, Ayuntamiento, 1977, 331 p.

Como muestra de la entidad de estos núcleos rurales en el Libro de Actas del Ayuntamiento de Venta del Moro correspondiente al acta 27 de noviembre de 1955 se encuentra la propuesta de creación de una escuela mixta en Los Cárceles debido a la existencia de un censo de población escolar de 44 niños.

5. La desproporción y sin razón de los cerramientos ha alcanzado el dislate de que dos antiguas aldeas venturreñas como La Fuenseca y Santa Bárbara están totalmente encerradas entre vallas en la actualidad, sin posibilidad de visitarlas, a pesar de que en La Fuenseca subsiste una ermita del s. XVIII y en Santa Bárbara existía una antigua ermita (reflejada en el mapa de 1798), actualmente en ruinas.

6. Por desgracia, la situación de la red caminera perteneciente al término de Venta del Moro en la parte del Río Cabriel se contrapone a la existen al otro lado del río donde se han conservado los mismos caminos expeditos, libres, sin vallas, ni puertas, ni restricciones, pudiendo hacer los usos tradicionales del río: baño, cotos de pescadores, senderismo, aprovechamiento agrícola, etc.

No se puede aludir a una diferente clasificación a los caminos entre ambas orillas ya que el origen, naturaleza y usos de estos caminos eran idénticos, pues el río era un accidente geográfico muy permeable, como muestran que las mismas familias estaban repartidas en ambas orillas, variando sólo su empadronamiento a uno u otro municipio según se viviera a una u otra parte del río. La diferente actitud institucional sobre la protección de sus caminos públicos en una orilla u otra ha llevado a la actual situación en que se han usurpado parte de los bienes de dominio público en la orilla valenciana del Cabriel.

7. Los cerramientos cinegéticos intensivos y el corte de caminos públicos también afectan a la infraestructura de la inconclusa Vía Férrea de Utiel-Baeza, parte de ella dentro del Área del Parque Natural. Según el Real Decreto 1480/1989, de 24 de noviembre, sobre inventario y calificación jurídica de los bienes adscritos a los servicios gestionados por RENFE y el Real Decreto 719/1990, de 1 de junio, sobre realización del inventario y clasificación jurídica de los bienes adscritos a los servicios gestionados por FEVE, la calificación jurídica de los distintos bienes adscritos al servicio ferroviario pueden ser:

-         Bienes de dominio público.

-         Bienes patrimoniales de la empresa ferroviaria.

-         Bienes patrimoniales del Estado.

Así, según el Real Decreto 719/1990 citado dentro del apartado i) Bienes de Dominio Público, cita como tales:

 A)    Los terrenos por los que discurra la línea. Tendrán esta consideración los terrenos ocupados por la explanación de la línea férrea y una franja de ocho metros de anchura a cada lado de la misma, contados según las normas sobre policía de ferrocarril contenidas en el ROTT.

En los supuestos puentes, viaductos, túneles y estructuras similares por los que discurra la vía será de dominio público el terreno ocupado por los soportes de la estructura.

C) Los bienes inmuebles cuya adquisición se haya realizado o se realice en virtud de expropiación forzosa.

8. Uno de los grandes problemas que han afectado al Cabriel en los últimos años ha sido la invasión del dominio público hidráulico y servidumbre por el vallado de las fincas cinegéticas y el corte de los caminos de acceso. La Ley 29/1985 de 2 de agosto “De Aguas” define como dominio público hidráulico en su artículo 2:

-         Las aguas continentales, tanto las superficiales como subterráneas renovables con independencia del tiempo de renovación.

-         Los cauces de corrientes naturales, continuas o discontinuas.

-         Los lechos de los lagos y lagunas y los de los embalses superficiales en cauces públicos.

-         Los acuíferos subterráneos, a los efectos de los actos de disposición o de afección de los recursos hidráulicos.

La misma Ley establece que el alveo o cauce natural es el terreno cubierto por las aguas en sus máximas crecidas ordinarias, que las riberas son las fajas laterales de los cauces públicos situadas por encima del nivel de aguas bajas y los márgenes los terrenos que lindan con los cauces. Los márgenes están sujetos en toda su extensión longitudinal a :

-         A una zona de servidumbre de cinco metros de anchura para uso público.

-         A una zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condicionará su uso y actividades que se desarrollen.

La Ley establece que en el dominio público hidráulico se puede realizar sin autorización las acciones de beber, bañarse y otros usos domésticos, así como abrevar el ganado.

El Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico en su Artículo 7.1 entre otros usos a los que se puede dedicar la zona de servidumbre de uso público incide en:

A)    El Paso para servicio del personal de vigilancia del cauce.

B)     Paso para el ejercicio de actividades de pesca fluvial.

C)    Paso para el salvamento de personas o bienes.

D)    Varado y amarre de embarcaciones de forma ocasional y en caso de necesidad.

Actualmente, todos estos usos están imposibilitados en la zona de servidumbre de uso público del río Cabriel en el Valle de la Fonseca y en la zona de Vadocañas hasta Tamayo.

Además el Artículo 9.1 también indica que “En la zona de policía de 100 metros de anchura, medidos horizontalmente a partir del cauce y con el fin de proteger el dominio público hidráulico y el régimen de corrientes, quedan sometidos a los dispuesto en este Reglamento las siguientes actividades y usos del suelo:

a)      Las alteraciones sustanciales del relieve natural del terreno.

b)      Las extracciones de áridos del terreno.

c)      Las construcciones de todo tipo, tengan carácter defintiivo o provisional.

d)      Cualquier otro uso  o actividad que suponga un obstáculo para la corriente en régimen de avenidas o que pueda ser causa de degradación o deterioro del dominio público hidráulico.

Actualmente el dominio público hidráulico, su servidumbre y los usos permitidos legalmente están totalmente cercenados en gran parte del río Cabriel en el término de Venta del Moro por la instalación de vallas a muy escasos metros del río, en algunos casos dentro del propio cauce, tal como es definido legalmente, en otros casos dentro de lo que se define como servidumbre y en todos los casos dentro del área de policía.

Atentamente,

 

Fdo. XXXXXXXXXX

Representante de la Junta del Parque Natural de las Hoces del Cabriel de la Asociación Cultural Amigos de Venta del Moro y Centro de Estudios Requenenses.