LA POLÉMICA DEL TRONO Y EL ALTAR EN LA SEMANA SANTA DE 1824

Ignacio Latorre Zacarés

Revista Al Olivo, Semana Santa 2013

Nuevamente la revista “Al Olivo” me propone seguir indagando en la evolución de la Semana Santa requenense. En 2011 se publicó el artículo “1876: una Semana Santa ¿diferente?: de capirotes, hachas, flagelantes y disturbios”, donde a partir de una serie de normas relacionadas con los desfiles procesionales de 1876 se hablaba de ciertas costumbres procesionales que en algunos casos desaparecieron y en otros se modificaron. En esta ocasión, nos centraremos en los problemas que se sucedieron para realizar la Semana Santa en 1824, un año ciertamente complicado por el contexto político y en el que se refleja la injerencia de lo público en la esfera de lo religioso y viceversa. Los acontecimientos políticos del Reino estaban muy presentes en la sociedad y teñían todo el tejido de relaciones de la época.

El siglo XIX es un siglo extraordinariamente convulso sin el cual es muy difícil entender algunos de los acontecimientos del siglo XX. España paría su primera Constitución, de aire liberal, en 1812. Ésta tuvo una gran influencia en el constitucionalismo español, pero una muy escasa vigencia, ya que en mayo de 1814 fue derogada por Fernando VII que instauró de nuevo el absolutismo hasta 1820. De nuevo, durante el trienio de 1820-1823, la Constitución de Cádiz estuvo en vigor, pero la invasión de los “Cien mil hijos de San Luis” supuso la restauración nuevamente del régimen absolutista con Fernando VII a la cabeza.

Las reformas que se proponían en la Constitución de 1812 eran obstaculizadas por la resistencia de sectores privilegiados que pretendían mantener las estructuras del Antiguo Régimen que socavaba la referida Carta Magna. La restauración absolutista de 1824 fue aún más dura que la de 1814 y en sus primeros años el sector absolutista más integrista consiguió imponer sus criterios frente a los absolutistas más moderados (1). La Iglesia, con excepciones, fue uno de los sectores que lideró esta corriente involucionista.

En la Requena de la época también se reflejó esta tensión política que estuvo muy presente en la Semana Santa de 1824. Ya en la época de Cuaresma, los curas se quejan de forma vehemente de las representaciones teatrales que se estaban realizando en el Teatro de Comedias. Se acogieron a decretos prohibitorios expedidos por los emperadores romanos Teodosio y Valentiniano para impedir estas profanas diversiones” durante la época de Cuaresma y afirman que la realización de obras teatrales son causa de escándalo para las personas “juiciosas y timoratas”.

Esta carta será la primera piedra de toque de los sacerdotes requenenses ante el Ayuntamiento de Requena en un ambiente muy enrarecido. El 13 de abril de 1824, el arcipreste Manuel Martínez Val y los sacerdotes Dionisio Enríquez de Navarra y Pedro Zanón vuelven a dirigir una carta al Ayuntamiento, pero de tintes mucho más graves. Los curas solicitan al Ayuntamiento que prohíba en las procesiones de Semana Santa que los penitentes salgan con túnicas y cubiertos con capuces bajo la amenaza de que si la prohibición no les constara con anterioridad, no sacarían las cruces de sus parroquias, lo que, obviamente, impediría la realización de las procesiones. Para ello se acogen a la Cédula de Carlos III de 20 de febrero de 1777 (2) y descargan toda una serie de apreciaciones que transcribimos literalmente (3):

- El que se cubran los rostros para hacer dereconocidas las personas es dar margen a desórdenes, irreberencias, improperios y otros escándalos que se dejan temer en las tristes circunstancias que nos rodean.”

- “exponer reberentemente al Ayuntamiento una justa oposición a que salgan los penitentes tapadas las caras y cubiertas sus cabezas con los capuces que además de formar una visión ridícula, sirbe de máscara que oculta la persona hasta hacerla desconocida”.

Y, por último, describen una situación política en Requena muy exaltada y con una profunda división que afecta al mismo seno de muchas familias.

- “en un tiempo en que se contradicen dos partidos opuestos, que reynan las pasiones exaltadas y en que la discordia se ha internado hasta en el centro de las familias donde se encuentran ribalidades dirigidas a la vez en pro y en contra del trono y el altar, en lugar de conciliar los ánimos sugetándolos a una amistosa reunión en vez de quitar obstáculos para dilipar (sic) resentimientos y venganzas se da libertad para que hombres enmascarados entren en las Iglesias, se mezclen con la multitud, paseen las calles y plazas donde prebalidos de la confussión les será fácil cometer cuantos atentados les dicte una deprabada intención”.

Los sacerdotes requenenses hablan del pueblo dividido en dos bandos en pro y contra del trono y el altar. La doctrina del “trono y altar” era una herencia del pensamiento tradicionalista y anti-ilustrado gestado entre 1790 y 1808 que tras la restauración absolutista de Fernando VII otra vez tomaba auge. Su base era la defensa de la monarquía absoluta de origen divino y la sumisión incondicional a ella de toda la sociedad. Suponía la defensa del orden político feudal basado en el privilegio y la religión desde su lado más integrista. Su objetivo era sofocar el liberalismo y las reformas propiciadas por la Constitución de Cádiz.

El Obispo de Ceuta, Fray Rafael de Vélez en su “Apología del altar y del trono, (4) impresa en 1818, realiza una defensa férrea del poder del rey y de la Iglesia como íntimamente unidos y advierte de los males que les sucede a los reyes que se separan de la religión:

El trono y el altar gravitan sobre unas mismas bases. Poco importa que una mano quiera sostener á aquel si con la otra derriba el apoyo en que se sostienen los dos. Podrán acaso mantenerse separados cortos momentos pero una existencia efímera no los salvará...Dios autor único de la sociedad y de la religión ha fiado el gobierno de ésta á sus sacerdotes y el de aquella lo ha puesto en el poder de los príncipes á quienes tiene dada su autoridad. El rei como el más ínfimo pastor está obligado a someterse á los dogmas de la fe y á los preceptos de la moral. El sacerdocio y el imperio son dos potestades diversas, pero el soberano es súbdito de Dios. Si trastorna este orden de Dios él será el que sienta primero la pena de su transgresión. El sacerdote es el qué vela sobre los fueros del altar el único mediador entre Dios y su pueblo... Sin esta íntima unión dejaría de existir el universo. El príncipe es el ministro de Dios. A su nombre rige los pueblos que le están sujetos por su orden administra la justicia por su espresa voluntad establece leyes. Él es el ungido del Señor.” El fraile Vélez realizaba en este libro un ataque a la obra reformista de Cádiz por estar contaminada por la filosofía atea emanada desde Francia.

Así pues, en plena época de restauración absolutista de Fernando VII y justamente en su fase más dura, los sacerdotes requenenses lanzaban un verdadero órdago al Ayuntamiento. El mismo día de la carta, 13 de abril de 1824, se reúne el Ayuntamiento con su corregidor, Martínez y Delgado, al frente. Una parte importante del Ayuntamiento opina de una manera bien diferente y por las intervenciones parece que los constitucionalistas aún contaban con adeptos en el consistorio. El Corregidor dice que hasta el momento las procesiones se realizaban con los penitentes vestidos con capuces que les tapaba caras y cabezas sin haber habido oposición del clero y pide el parecer de cada miembro del Ayuntamiento sobre si debían seguir siendo de esta manera o prohibir los capirotes. 

Una mayoría de regidores apoyan la postura del regidor decano Nicolás Sinestra que manifiesta que el pueblo no está dividido en dos partidos, ni exaltadas las pasiones, ni está a favor, ni en contra del trono y el altar. Sin embargo, el regidor Pedro Zanón no es de la misma opinión y hace relación de toda una serie de sucesos ocurridos en 1823, cuyo cariz no podemos conocer pues las actas de todo el periodo constitucional de 1820-1823 no se conservan. Zanón cita con fechas de por medio ciertos cantos, injurias a particulares, alteraciones del orden público, pero sin describir concretamente en qué consisten estos hechos, pues lo da por sobreentendidos para el resto de regidores. El síndico Monsalve también manifiesta sólo reconocer a Dios y al Rey.

El Corregidor invalida la opinión de Pedro Zanón por estar conducida por la pasión y por ser hermano de uno de los sacerdotes demandantes. Se decide que se dé audiencia a los curas para resolver de la forma más atinada posible. Al día siguiente, 14 de abril, los sacerdotes siguen en su desacuerdo y piden una estricta observancia de la ley. Acto seguido, el Ayuntamiento responde al órdago con uno mayor: manifiesta que dado que el Arcipreste cree amenazada la tranquilidad pública, estima prudente evitar reuniones públicas y numerosas y acuerda suspender las procesiones de Jueves y Viernes Santo por las calles públicas. Se conmina a realizar dentro de las Iglesias los oficios y demás actos religiosos que corresponden a los sagrados misterios y ordena que se cierren las iglesias al toque de oración para que el pueblo no ande por las calles de noche a las estaciones. La decisión se comunicará a los párrocos, abad del cabildo y Cofradía de la Vera Cruz.

Al día siguiente, 15 de abril de 1824, un grupo de 6 u 8 requenenses se presentan ante el Ayuntamiento y dado el conocimiento del edicto que prohíbe las procesiones suplican en nombre de la población que se realicen éstas según la “formalidad y costumbre observada”, prometiendo que no habría desorden.

Finalmente, se llega a un pacto entre los sacerdotes y el Ayuntamiento, quien promete que adoptará las medidas para asegurar la tranquilidad, el orden y evitar irreverencias, acordando que se ejecuten las procesiones “por el orden y bajo las formalidades acostumbradas”. Los curas manifiestan con satisfacción que su celo había motivado las gestiones realizadas y que se aprestarán a sacar las cruces. De las palabras del Ayuntamiento se deduce que la procesión saldría con los capirotes, porque esa era la formalidad acostumbrada” hasta el momento según las propias palabras del Corregidor el día anterior. El órdago parecía haberlo ganado este año el Ayuntamiento. En las actas de 1825 ya no se consignará ningún problema en las procesiones. ¿Se habían hecho los partidarios del trono y altar definitivamente con el control de las procesiones?

Estaba claro que la Restauración absolutista de Fernando VII no había acabado con los focos liberales requenenses, como lo demuestra que los Voluntarios Realistas Utielanos (absolutistas) tuvieron que venir y apostarse durante un periodo largo casi de 40 días en Requena. De hecho, el 24 de mayo de 1824, los voluntarios realistas armados de escopetas y sables se apostaron en la Puerta de Alcalá controlando los caminos hacia las Ollerías de Juan Celda y el Puente de Jalance,sin dejar que saliera de Requena el Corregidor, ni nadie “que tuviera la cara de liberal”. Curioso destino el del Corregidor Martínez y Delgado, que destituido en el periodo del Trienio Constitucional y repuesto durante el absolutismo, sin embargo, era tachado de liberal, aunque la postura tomada en los actos comentados también apuntan hacia ello.

Tenemos constancia que en la Semana Santa sevillana de 1824 pasó algo parecido y por un edicto de 8 de abril se prohibió la salida de nazarenos, al igual que se dictó en 1819 ante la oposición de las cofradías (5). Requena y su Semana Santa no fue una isla en la España de la época.


(1) BALDÓ LACOMBA, Marc. Fernando VII. En: La transición del Antiguo al Nuevo Régimen. Historia de 
España, vol. 9. Barcelona, Planeta, 1988.

(2) Ver LATORRE ZACARÉS, Ignacio. 1876: una Semana Santa ¿diferente?: de capirotes, hachas, flagelantes 
y disturbios. Al Olivo, 2011.

(3) Todas las referencias del artículo se han extraído del Libro de Actas Municipales del Ayuntamiento de
Requena 1823-1830, sign. 2730. 

(4) VÉLEZ, Rafael de. Apología del altar y del trono ó Historia de las reformas hechas 
en España en tiempo de las llamadas cortes e impugnación de algunas doctrinas 
publicadas en la constitución, diarios y otros escritos contra la religión y el estado. 
Madrid, Imprenta de Cano, 1818, vol. 1 

(5) CHAVES, Manuel. La Semana Santa y las cofradías de Sevilla de 1820 a 1823. Sevilla, Imprenta de E. Rasco, 1985.

[http://historiadesevilla.blogia.com/2013/011201-las-semana-santasevillana-en-el-trienio-liberal-1820-1823-segun-manuel-chaves.php].

Consultado el 3-febrero-2013.

 

 

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